Justicia prohíbe a autoridades políticas y militares ejercer como líderes de la iglesia en el país

Nacional

El departamento considera que muchas iglesias  “están siendo regentadas por altas autoridades del país”, lo que dificulta su regulación y genera conflictos de intereses.

El Ministerio de Justicia, Culto y Derechos Humanos de Guinea Ecuatorial ha emitido la Orden Ministerial Nº 2/2025, de fecha 21 de noviembre, mediante la cual se prohíbe que cualquier miembro del gobierno o autoridad militar ejerza actividades pastorales dentro del territorio nacional. La medida, considerada por el Ejecutivo como necesaria, ha sido calificada de “inconstitucional” y “anticuada”.

El Ministro Reginaldo Biyogo explicó que no es viable legalmente que una persona ostente, al mismo tiempo, un cargo público relevante y dirija una congregación religiosa. A su juicio, esto constituye una “incongruencia” y un “abuso de poder”.

“No podemos tolerar que las mismas personas que ostentan los poderes públicos, sean también responsables de las iglesias”, declaró el ministro, argumentando que la superposición de funciones limita el control del ministerio sobre ciertas entidades religiosas. Según él, muchas de estas iglesias “están siendo regentadas por altas autoridades del país”, lo que dificulta su regulación y genera conflictos de intereses.

La orden también alcanza a las autoridades militares, sin distinción de rango. A partir de su publicación, toda persona con cargo en la administración pública o en el sector castrense deberá cesar cualquier actividad pastoral.

Esta decisión ha generado opiniones divididas. Por un lado, sectores que abogan por una mayor separación entre Estado e Iglesia ven la medida como necesaria para evitar el uso político de las instituciones religiosas. Por otro, hay quienes consideran que la decisión podría vulnerar la libertad de culto, ya que no distingue entre funciones religiosas privadas y públicas.

Además, el ministerio ha señalado que la autoridad sobre ciertas iglesias se ha visto debilitada precisamente porque están dirigidas por figuras de alto poder e influencia social. “Es una arbitrariedad que debemos corregir”, remarcó Biyogo.

La medida ha sido recibida con diversos puntos de vista. Por un lado, algunos sectores religiosos y ciudadanos alegan que se refuerza la transparencia y la claridad institucional. Por otro lado, hay quienes la consideran una restricción al derecho fundamental de libertad de culto, sobre todo en relación con ciudadanos que simultáneamente ocupan funciones públicas y realizan actividades religiosas.

La orden entra en vigor inmediatamente con publicación del ministerio, y supone que aquellas personas en cargos públicos o militares deberán cesar en su actividad pastoral o elegir cuál de los dos roles conservar. 

La decisión del ministerio marca un paso significativo en la regulación de la participación de autoridades estatales en el ámbito religioso. Si bien apunta a reforzar la coherencia institucional, también plantea el reto de cómo se implementará en la práctica y qué repercusiones tendrá en el equilibrio entre libertad de culto y la función pública. En Guinea Ecuatorial, este será un capítulo clave para observar cómo evoluciona la separación entre iglesia, Estado y milicia.

La entrada en vigor inmediata de esta norma supone un cambio importante en la relación entre el poder civil, militar y religioso en Guinea Ecuatorial. A medida que se implementa la medida, será clave observar su impacto en las congregaciones, en la administración pública y en la percepción ciudadana sobre el papel del Estado en asuntos religiosos.

FUENTE: AHORA EG/TVGE 

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